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Tribunales

El Juzgado obliga al Ayuntamiento a nombrar un interventor cuya solicitud había sido rechazada

Imagen de un pleno municipal celebrado semana atrás.

Imagen de un pleno municipal celebrado semana atrás. / Miguel Ángel González

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Algeciras ha ordenado al Ayuntamiento de Jerez que nombre como interventor al único aspirante que se presentó al procedimiento de selección y que había sido excluido. El fallo, fechado a finales de abril y dado a conocer por el sindicato ATMJ (Agrupación de Técnicos Municipales de Jerez), no es firme y el gobierno municipal ya ha anunciado que lo recurrirá.

Todo comenzó a principios de 2022 cuando el demandante presentó su solicitud para participar en el procedimiento para la provisión del puesto de interventor municipal, que se encontraba vacante desde el fallecimiento de Juan Raya. Una vez acabado el plazo, la suya fue la única solicitud que se presentó; sin embargo, no fue admitida dado que la comisión técnica que llevó este procedimiento consideró que no cumplía con los requisitos de la convocatoria. Según fuentes municipales, el aspirante había trabajado previamente en otros ayuntamientos, pero no en alguno del tamaño de una ciudad como Jerez (ha estado en Gines, Tarifa y Los Barrios).

Ante esto, el aspirante presentó, en primer lugar, un recurso de reposición ante el Ayuntamiento, del que no recibió respuesta. Así, tras esto, optó por recurrir la declaración de desierto del procedimiento al Juzgado de lo Contencioso (no han trascendido los motivos por los que este caso ha sido analizado por un tribunal de Algeciras) quien le ha acabado dando la razón. La vista oral se celebró a finales de enero.

En su defensa, el Ayuntamiento alegó que el demandante no cumplía con algunos requisitos que aseguraba que se exigía para la convocatoria tales como haber podido acreditar experiencia laboral en municipios con un presupuesto superior a los 90 millones de euros, conocimientos en el funcionamiento de entes instrumentales de las entidades locales (empresas municipales) o en administración electrónica, entre otras razones.

En cambio, no es de la misma opinión el Juzgado de lo Contencioso que ha advertido de que el único solicitante sí cumplía con el "único requisito” que realmente se había fijado de manera expresa en la convocatoria. Tal y como recoge el fallo, este era que los aspirantes fueran “personal funcionario de carrera perteneciente a la escala de habilitación nacional, subescala de intervención-tesorería, categoría superior, clase primera”, algo que sí cumple el demandante.

Así, se apunta que, aunque en el procedimiento podría haber un baremo de méritos evaluable, en este caso “no se hacían constar aquellos méritos que podrían suponer que los candidatos, aun cumpliendo los requisitos, fueran excluidos de la posibilidad de nombramiento para el puesto". Acto seguido, le reprocha al Consistorio que realiza una motivación “escueta” para rechazar la propuesta puesto que, incluso, “omite contrastar los méritos del recurrente”. Así, cuestiona que no analice “ninguno de los numerosísimos méritos alegados por el candidato”.

Por este motivo, ordena que se declare el nombramiento del aspirante como interventor municipal del Ayuntamiento con efectos del 3 de mayo del año pasado.

ATMJ denuncia el “malgasto de dinero público”

Basándose en esta sentencia, el sindicato ATMJ ha denunciado el “malgasto de dinero público” por parte del Ayuntamiento ya que asegura que este fallo “va a costar a las arcas municipales unos cuantos miles de euros”. Así, recuerda que habrá que abonar al nuevo interventor los sueldos correspondientes desde hace un año, importe al que se suma los pagos que asegura se le ha realizado a la interventora en funciones, que ha realizado estas tareas desde entonces.

Así, el sindicato advierte que el Ayuntamiento tendrá que afrontar un gasto “de alrededor 175.000 euros” por "una falta de profesionalidad en el trabajo” de la comisión que realizó este proceso selectivo.

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