Tribunales Cádiz

Ratificada la sentencia de la Audiencia de Cádiz que condenaba a un padre por abusos sexuales a su hija

  • El TSJA confirma la pena de 12 años de prisión impuesta al progenitor en primera instancia

Sede del TSJA en Granada

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de 12 años de prisión que la Audiencia Provincial de Cádiz impuso en primera instancia a un padre por abusar sexualmente de su hija menor de edad durante tres años.

La sentencia dictada por el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz el 17 de marzo de este año, recurrida ante el Alto Tribunal andaluz, recoge como hechos probados que el procesado estaba casado y, fruto de esa relación, tuvo una hija, nacida en 2007.

Entre los años 2016 y 2019, un periodo de tiempo en el que la niña tenía entre 8 y 12 años, el padre aprovechó las ausencias de la madre del domicilio familiar por razones laborales para, en un número no determinado de ocasiones, "satisfacer su deseo sexual y mantener relaciones sexuales con su hija".

Así, el encausado comenzó a realizarle tocamientos inicialmente por encima de la ropa para luego, con el paso tiempo, hacerlo ya por debajo en sus zonas íntimas. Más adelante, prosigue la resolución judicial, en idéntico contexto y en reiteradas ocasiones, el padre llegó a tener relaciones sexuales completas con su hija.

Como consecuencia de lo anterior, la menor sufrió descontento consigo misma, dificultades para conciliar el sueño, tendencia al aislamiento, problemas de integración y competencia social.

Por estos hechos, la Audiencia de Cádiz condenó al padre a 12 años de cárcel como autor responsable de un delito de abuso sexual a menor con prevalimiento. El tribunal acordó igualmente mantenerlo en prisión preventiva incondicional hasta noviembre de 2025.

El fallo dictado en primera instancia fue recurrido por el acusado ante el TSJA y alegó como motivo único que, a su entender, la resolución impugnada valoraba erróneamente la prueba. Así, sostuvo que el testimonio dado por la menor no era creíble e incurría en contradicciones, por lo que no había prueba de cargo suficiente contra él. El Alto Tribunal andaluz, sin embargo, ha desestimado el recurso en tanto que ha otorgado plena validez y credibilidad a la versión de la víctima. 

"Cuando una niña ha venido siendo víctima durante años de una conducta como la que aquí se produjo, con las connotaciones especialmente impactantes derivadas tanto de la considerable pluralidad de abusos sufridos como del hecho de serle infligidos por su propio padre, no es extraño que existan imprecisiones, lagunas, olvidos e incluso contradicciones o divergencia de matices o confusiones en detalles concretos", argumenta el TSJA en su respuesta. 

Asimismo, el tribunal andaluz destaca el modo en que la joven "expulsó la tensión y ansiedad que la embargaban a raíz de la reiterada lesión a su indemnidad sexual que padecía por la lasciva conducta de su padre". Durante el juicio, recuerda el TSJA, una testigo -profesora de instituto- contó que sorprendió a la niña llorando y temblando cuando acababa de abandonar una charla de la Unidad de Participación Ciudadana de la Policía sobre acoso y otros extremos. En ese momento, la menor le confió que era víctima de abusos por parte de su padre, incluso con acceso carnal, desde años atrás. "La niña no había cumplido aún doce años cuando exteriorizó esta reacción incontrolable y reveló lo ocurrido primero a la profesora y después a las responsables de Servicios Sociales; no hay motivo alguno para sospechar que pudiera estar representando un papel y narrando unos hechos fruto de la fantasía propia o inducida por otros", concluye.

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