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Caso de los ere

La juez Bolaños devuelve 17.730,10 euros a Javier Guerrero

  • Ordena que se haga una transferencia a la Consejería de Hacienda para su abono al ex director de Trabajo.

La titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los ERE fraudulentos, ha ordenado la devolución de 17.730,10 euros al ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, cantidad que la anterior titular, Mercedes Alaya, se había negado a entregarle y que forma parte de los salarios atrasados por la Junta que le fueron embargados tras su reingreso como funcionario.

En una providencia que tiene fecha del 30 de septiembre, la magistrada ha ordenado a la secretaria judicial que emita una transferencia a favor de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por importe de esa cantidad, “como ingreso indebido para su posterior devolución por dicha entidad” a este imputado en el caso de los ERE.

La defensa de Guerrero solicitó a la juez María Núñez Bolaños la devolución de la cantidad que a su juicio le fueron "indebidamente" retenidos, al entender que la Consejería de Hacienda y Administración Pública a la hora de efectuar las retenciones judiciales no actuó conforme a lo previsto en el artículo 607.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al haberse aplicado el embargo "sobre el conjunto de lo adeudado y no mes a mes".

La magistrada estimó el recurso de Guerrero y acordó "la devolución de las cantidades indebidamente retenidas e ingresadas" por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, "calculando dichas cuantías mediante la aplicación del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al salario mensual, mes por mes, garantizando el salario mínimo interprofesional, y con aplicación de los porcentajes legalmente establecidos".

La defensa de Guerrero señalaba en su recurso que la juez Alaya, para rechazar su petición, se basó en una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, siendo "lo determinante" para la juez que el imputado percibió en la nómina de septiembre de 2014 unas retribuciones íntegras de 27.990,99, correspondiente a dicho mes más los atrasos, "y que por tanto correspondía un embargo o retención judicial por importe de 18.411,08 euros". El abogado de Guerrero recordaba que el contenido del artículo 607.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil "dice literalmente que “si el ejecutado es beneficiario de más de una percepción, se acumularán todas ellas para deducir una sola vez la parte inembargable”, y reiteró que "sólo se le abonó su percepción salarial, referida a cada mensualidad".

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